En apenas 9 días, el BREXIT será una realidad. No sabemos todavía cómo de abrupta será la ruptura, pero puede traer consecuencias a aquellos que operéis con el Reino Unido.

Después del referéndum que celebraron nuestros colegas británicos allá por el año 2016, el 51,9% de la población con derecho a voto apoyaron abandonar el club de la Unión Europea, en principio con la fecha límite del 29 de marzo del 2019.

Como esto nunca se había hecho, entre prórrogas y diversas negociaciones, el Brexit se pospuso hasta el próximo 31/12/2020, momento en el que se producirá definitivamente la ruptura con la UE.

¿Influye realmente en Dynamics 365 Business Central?

No lo sabemos a ciencia cierta hasta que se oficialicen los acuerdos definitivos entre la UE y el Reino Unido.

De todas maneras, en 365 Makers nos hemos puesto en situación y hemos imaginado posibles acciones concretas que podrían realizar aquellas empresas que operan con Microsoft Dynamics 365 Business Central.

Nuestro objetivo es, si os influye el Brexit de alguna manera, que podáis valorar cómo os podrían afectar y, así, evitaros sorpresas.

Posible impacto del Brexit en Microsoft Dynamics 365 Business Central

  • Respecto a las fichas de clientes y proveedores, se deben revisar al finalizar la facturación del ejercicio 2020, ya que éstos dejarán de ser de la Unión Europea y pasarán a ser del grupo de terceros países (Internacional).
  • En caso de que uséis algún módulo del SII, a partir del 01/01/2021, en la declaración del IVA, las operaciones serán exportaciones y dejarán de ser operaciones intracomunitarias.
  • En la declaración de Intrastat y en el modelo 349 solo deben considerarse las facturas hasta fecha 31/12/20.
  • Tendremos que estar atentos y revisar la configuración de países en lo que se refiere a país perteneciente a la UE después de presentar el Intrastat / 349 de 2020.
  • Los documentos de compra y venta que se encuentren entre ambos períodos deberán revisarse y modificarse a través de un paquete de configuración.
  • En la contabilización de facturas de compra, que se reciban hasta el cierre del IVA del ejercicio 2020, se deberá tener especial cuidado pues algunas podrán ser intracomunitarias y otras importaciones según la fecha de emisión y de registro.

Si queréis ampliar la información oficial proporcionada hasta ahora y saber más acerca de las consecuencias que tiene el Brexit en el IVA a partir del 1 de enero de 2021, podéis hacerlo en este enlace de la Agencia Tributaria.

Desde 365 Makers nos ponemos a vuestra disposición para seguir informando cuando las decisiones sean realmente fijadas.